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Según la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses:

Respuestas
  • AEl que, estando legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto.
  • BEl que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto.
  • CEl que, estando legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto
  • DEl que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 17. Delitos contra la libertad: Detenciones ilegales y secuestros. Amenazas. Coacciones. Torturas y otros delitos contra la integridad moral
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

Preguntas similares

1. Según el artículo 469 del Código Penal, aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, serán castigados con pena de prisión de 6 meses a 4 años:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALos sentenciados o presos que se fugaren del lugar en que estén recluidos, haciendo uso de violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas o tomando parte en motín.
  • BLos que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia si estuvieran privados de libertad.
  • CLos que inutilicen o perturben el funcionamiento normal de los dispositivos técnicos que hubieran sido dispuestos para controlar el cumplimiento de penas, medidas de seguridad o medidas cautelares.
  • DLos que quebrantaren la medida de libertad vigilada.

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