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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, será castigado con multa de tres a doce meses el que:

Respuestas
  • ASiendo dueño de una cosa mueble o actuando con el consentimiento de éste, la sustrajere de quien la tenga ilegítimamente en su poder, con perjuicio del mismo o de un tercero.
  • BSiendo dueño de una cosa mueble o actuando con el consentimiento de éste, la sustrajere de quien la tenga legítimamente en su poder, con perjuicio grave del mismo o de un tercero.
  • CSiendo dueño de una cosa mueble o actuando con el consentimiento de éste, la sustrajere de quien la tenga legítimamente en su poder, con perjuicio del mismo o de un tercero.
  • DNinguna respuesta es correcta.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 21. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico (1). Hurtos. Robo con fuerza en las cosas. Robo con violencia o intimidación en las personas. Extorsión. Robo y hurto de uso de vehículos. Usurpación
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

Preguntas similares

1. Según la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses:
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  • AEl que, estando legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto.
  • BEl que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto.
  • CEl que, estando legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto
  • DEl que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto.
2. NO es cierto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa adopción de las medidas necesarias para la retirada de las páginas web o aplicaciones de internet que contengan o difundan pornografía infantil o en cuya elaboración se hubieran utilizado personas con discapacidad necesitadas de especial protección podrán ser acordadas con carácter cautelar por el Ministerio Fiscal.
  • BEl que para su propio uso adquiera o posea pornografía infantil o en cuya elaboración se hubieran utilizado personas con discapacidad necesitadas de especial protección, será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión o con multa de seis meses a dos años.
  • CLos jueces y tribunales ordenarán la adopción de las medidas necesarias para la retirada de las páginas web o aplicaciones de internet que contengan o difundan pornografía infantil o en cuya elaboración se hubieran utilizado personas con discapacidad necesitadas de especial protección o, en su caso, para bloquear el acceso a las mismas a los usuarios de Internet que se encuentren en territorio español.
  • DEl Ministerio Fiscal promoverá las acciones pertinentes con objeto de privar de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar, en su caso, a la persona que incurra en alguna de las conductas descritas en el apartado anterior.

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