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Según el artículo 91 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, ¿qué edad debe haber cumplido el penado para que puedan obtener la suspensión de la ejecución del resto de la pena y la concesión de la libertad condicional, no obstante lo dispuesto en el artículo anterior?

Respuestas
  • AOchenta años.
  • BSesenta años.
  • CSetenta años.
  • DSesenta y cinco años.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 13. Libertad y excarcelación en sus distintas formas. El procedimiento de expulsión de extranjeros. Suspensión de la ejecución del resto de la pena y concesión de la libertad condicional: Requisitos para su concesión y revocación. Mecanismos de control de esta situación. Los beneficios penitenciarios y sus clases
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 37. Suspensión de la ejecución del resto de la pena de prisión y concesión de la libertad condicional: Concepto, naturaleza, requisitos de concesión y cómputo de plazos. Revocación. El expediente de libertad condicional. Libertades condicionales especiales: en la prisión permanente revisable, en los primarios, para los extranjeros, enfermos y septuagenarios. Control y ayudas al liberado. Revocación
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho penitenciario
Tema
Tema 24. Suspensión de la ejecución del resto de la pena de prisión y concesión de la libertad condicional: Concepto, naturaleza, requisitos de concesión y cómputo de plazos. Revocación. El expediente de libertad condicional. Libertades condicionales especiales: en la prisión permanente revisable, en los primarios, para los extranjeros, enfermos y septuagenarios. Control y ayudas al liberado. Revocación

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1. No es requisito necesario para que se pueda acordar la suspensión de la ejecución del resto de la pena y conceder la libertad condicional a los penados, según el artículo 90.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal que:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AQue acredite el cumplimiento de los requisitos a que se refiere el apartado primero de dicho artículo, salvo el de haber extinguido tres cuartas partes de su condena.
  • BQue durante el cumplimiento de su pena hayan desarrollado actividades laborales, culturales u ocupacionales, bien de forma continuada, bien con un aprovechamiento del que se haya derivado una modificación relevante y favorable de aquéllas de sus circunstancias personales relacionadas con su actividad delictiva previa.
  • CQue hayan extinguido dos terceras parte de su condena.
  • DQue acredite, además, la participación efectiva y favorable en programas de reparación a las víctimas o programas de tratamiento o desintoxicación, en su caso.

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