ASe podrá incrementar hasta en 1.200 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
BEl padre tendrá derecho a aplicar la deducción en caso de que la madre no esté obligada a presentar declaración del IRPF en el ejercicio.
CEn el período impositivo en que el hijo menor cumpla tres años, el incremento previsto para la deduccion cuando se hubieran satisfecho gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados, podrá resultar de aplicación respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquel en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.
DEn los supuestos de adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, la deducción se podrá practicar, desde la fecha de la inscripción en el Registro Civil y unicamente hasta que el menor alcance los tres años de edad.