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El artículo 11 del Convenio sobre traslado de personas condenadas, hecho en Estrasburgo el 21 de marzo de 1983, establece que, en el caso de conversión de la condena, se aplicará el procedimiento previsto por la legislación del Estado de cumplimiento y al realizar la conversión la autoridad competente:

Respuestas
  • APodrá deducir íntegramente el periodo de privación de libertad cumplido por el condenado.
  • BDeducirá íntegramente el periodo de privación de libertad cumplido por el condenado.
  • CNo agravará la situación penal del condenado salvo que la sanción mínima eventualmente prevista por la legislación del Estado de cumplimiento para las infracción/es cometida/s sea superior a la impuesta.
  • DLa situación penal de condenado quedará vinculada por la sanción mínima eventualmente prevista por la legislación del Estado de cumplimiento para la/s infracción/es cometida/as.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 1. La regulación supranacional en materia penitenciaria: Convenios, Tratados, Pactos, Declaraciones y Recomendaciones. Especial referencia a los acuerdos sobre traslados de personas condenadas. Organismos de vigilancia y control. Especial consideración de la labor de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa. La ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea
Ley
Instrumento de Ratificación del Convenio sobre traslado de personas condenadas, hecho en Estrasburgo el 21 de marzo de 1983
Preguntada en la convocatoria de:
(2025-02-02 - OEP 2024) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
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