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Según el artículo 180 apartado 3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, referente al principio de no concurrencia de sanciones tributarias:

Respuestas
  • ALas sanciones derivadas de la comisión de infracciones tributarias resultan compatibles con la exigencia del interés de demora y de los recargos del período ejecutivo.
  • BLas sanciones derivadas de la comisión de infracciones tributarias no resultan compatibles con la exigencia del interés de demora y de los recargos del período ejecutivo.
  • CLas sanciones derivadas de la comisión de infracciones tributarias resultan compatibles con la exigencia del interés de demora pero no con la de los recargos del período ejecutivo.
  • DLas sanciones derivadas de la comisión de infracciones tributarias no resultan compatibles con la exigencia del interés de demora pero sí con la de los recargos del período ejecutivo.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 15. La revisión de los actos de carácter tributario en vía administrativa. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Los Tribunales Económico-Administrativos.
Ley
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-04-22 - OEP 2022) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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