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El procedimiento abreviado se aplicará al enjuiciamiento de los delitos castigados con:

Respuestas
  • APena privativa de libertad no superior a 9 años.
  • BPena privativa de libertad superior a 9 años.
  • CPena privativa de libertad superior a 5 años.
  • DPena privativa de libertad no superior a 5 años.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Procesal Penal
Tema
Tema 35. El procedimiento penal abreviado. Principios, ámbito de aplicación y fases. El sistema de recursos. El procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. El procedimiento monitorio penal introducido por la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales
Ley
Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal
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Preguntas similares

1. El procedimiento abreviado se aplicara al enjuiciamiento de los delitos castigados:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ACon penas privativas de libertad no superiores a nueve años, pero no a los castigados con penas de otra naturaleza.
  • BCon pena privativa de libertad no superior a nueve años, o bien con cualquier otra pena de distinta naturaleza, siempre que su duración no sea superior a cinco años.
  • CCon pena privativa de libertad no superiora nueve años, o bien con cualesquiera otras penas de distinta naturaleza bien sean únicas conjuntas o alternativas.
  • DCon penas de cualquier naturaleza cuya cuantía o duración sea superior a nueve años.
2. El procedimiento abreviado regulado en el artículo 757 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se aplicará al enjuiciamiento de los delitos castigados con:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • APena privativa de libertad no superior a nueve años, o bien con cualesquiera otras penas de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas cualquiera que sea su cuantía o duración.
  • BPena privativa de libertad que en ningún caso sea superior a cinco años, o bien con cualquiera otras penas de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas cualquiera que sea su cuantía o duración.
  • CPena privativa de libertad o bien cualesquiera otras penas de distinta naturaleza no superiores a diez años.
  • DPena privativa de libertad no superior a cinco años, o bien con cualesquiera otras penas de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas siempre que superen los diez años.

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